sábado, noviembre 23, 2024
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Gobierno expide decreto reglamenta la creación y desarrollo de las Sociedades Comerciales de Beneficio e Interés Colectivo (BIC).

La Cámara de Comercio de Arauca, a través de la presidenta ejecutiva, Gisela Garcés Valdés,  participó en la firma y lanzamiento del Decreto  2046 de 2019, con el cual se reglamenta la creación y desarrollo de las Sociedades Comerciales de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), evento liderado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, conjuntamente con la Superintendencia de Sociedades.

Se trata de un modelo de Gestión Empresarial en el que Colombia es pionera en su reglamentación y que busca que las empresas generen valor económico, social y ambiental.

Además, es una condición legal que puede ser adoptada voluntariamente por cualquier tipo de empresa que quiera ajustar sus prácticas laborales, sociales y ambientales, en procura del interés de la sociedad y del medio ambiente, además del beneficio de sus accionistas.

“La condición BIC le permite a las empresas distinguirse por el cumplimiento de estándares laborales, sociales y ambientales. El Gobierno Nacional, alineado con la estrategia de Desarrollo Sostenible y los compromisos en materia de derechos humanos, medio ambiente y respeto de los derechos de los trabajadores, promueve y reglamenta este nuevo modelo empresarial, que es socialmente responsable y que permite mejorar la relación con las comunidades y el medio ambiente”, destacó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Para adoptar este modelo, las empresas deberán incluir dentro de su razón social la expresión “Beneficio e Interés Colectivo” o la sigla BIC, y declarar en su objeto social las actividades que en esa materia se comprometen a desarrollar. Esto se debe hacer teniendo en cuenta cinco dimensiones que han sido definidas en el decreto: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, prácticas ambientales y prácticas con la comunidad.

“Una vez modifiquen sus estatutos, las empresas podrán acercarse a las Cámaras de Comercio y solicitar el registro”, explicó Restrepo.

La norma a su vez faculta a la Superintendencia de Sociedades para que ejerza la supervisión de  las empresas BIC y será la autoridad competente para decidir las solicitudes de incumplimiento.

“La condición BIC es un símbolo que fortalecerá el tejido empresarial, al generar una transformación en la manera de hacer negocios. Desde la Superintendencia estaremos atentos para recibir los reportes de gestión que anualmente deberán ser entregados por las sociedades BIC, con el fin de determinar las actividades incluidas por las empresas como parte de su objeto social”, señaló el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

El reporte que será presentado ante la Superintendencia de Sociedades, deberá demostrar de forma cualitativa y cuantitativa el impacto del ejercicio social sobre el modelo de negocio, el gobierno corporativo y las prácticas laborales, ambientales y sociales.

La nueva reglamentación también contempla incentivos que buscan promover el cambio a este nuevo modelo empresarial, el cual incluye tasas preferenciales en el registro de marcas, signos distintivos o nuevas creaciones; acceso a líneas de crédito especiales; y beneficios tributarios para aquellas empresas que otorguen acciones a sus trabajadores.

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