jueves, noviembre 14, 2024
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Ordenan arresto a Leonardo Fabio Forero Galvis, director de la Unidad de salud de Arauca por negar atención a un venezolano

Pese a que la Corte Constitucional ya ha dicho que los ciudadanos venezolanos refugiados en Colombia tienen derecho a recibir atención en salud, entidades y funcionarios continúan desatendiendo esa orden.

De hecho, el pasado 9 de octubre se ordenó el arresto por tres días y el pago de una multa de tres salarios mínimos mensuales a Leonardo Fabio Forero Galvis, director de la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca, por desacatar una tutela que ordenaba la atención de un venezolano, quien actualmente es habitante de calle en Colombia y no ha podido acceder al tratamiento requerido para una enfermedad urinaria que padece hace 4 años y que lo obliga a orinar a través de una sonda.

La tutela había sido fallada en favor del ciudadano venezolano desde el 23 de julio de este año y ordenaba a la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca acompañar al solicitante para que en un término máximo de 5 días fuera afiliado a una EPS y recibiera atención en salud.

No obstante, hasta la fecha de la orden de desacato, este 9 de octubre, el migrante no había recibido a cabalidad la atención en salud que necesita.

En su defensa, la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca dijo que no había podido ubicar al ciudadano en el celular, dirección, ni correo electrónico que dejó. No obstante, al decretar el desacato, el juzgado reiteró que «la orden proferida a través de una sentencia de tutela no se encuentra supeditada a la buena voluntad de la persona o entidad a la que va dirigida, por el contrario, es una actuación impositiva que debe ser acatada con la premura que demanda la ley».

La orden proferida a través de una sentencia de tutela no se encuentra supeditada a la buena voluntad de la persona o entidad a la que va dirigida

En la decisión, el juez recordó que en principio se le había dado un plazo de 5 días a esa entidad para acompañar al ciudadano venezolano y que fuera afiliado a una EPS; sin embargo, esta entidad esperó mucho más de ese tiempo, por lo que, por ejemplo, el número de celular dado por el venezolano fue desactivado.

Solo hasta el 8 de octubre, la Unidad Administrativa Especial de Salud de Arauca aseguró que el venezolano ya estaba en Sisbén y se estaban adelantando los trámites para afiliarlo a una EPS; por lo que el juzgado que falló el desacato dijo que «esto no puede entenderse como el cumplimiento de la orden proferida (tutela) toda vez que la demora suscitada ha conllevado a un retroceso en el tratamiento médico a seguir por el accionante y a graves afectaciones de su salud al no acceder de forma oportuna al tratamiento médico que requiere».

Noticia tomada de eltiempo.com

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