En un trabajo interinstitucional con la Policía Nacional, las áreas de Cobros Coactivos y de Cartera de ENELAR ESP, se impuso la primera medida correctiva establecida en la ley 1801 de 2016 en el marco del Nuevo Código de Policía que empezó a regir a Nivel Nacional el pasado primero de agosto.
Basados en el artículo 28 ítem No 2 del Nuevo Código de Policía, se aplicó a la usuaria con el código 18311 la multa tipo 3 por “Modificar o alterar redes o instalaciones de servicios públicos domiciliarios”.
“A la usuaria del barrio Unión se le suspendió el servicio de energía por una morosidad de 6 millones de pesos y ella se reconectó sin autorización en varias ocasiones, razón por la que se le recogió la acometida y fue multada con 16 salarios mínimos legales diarios vigentes, cuyo valor asciende a la suma de 390 mil pesos aproximadamente.” sostuvo el funcionario German Granados de la Oficina de Cobros Coactivos.
Agregó que el llamado a los más de 71 mil usuarios en el departamento es a que adopten una cultura legal del servicio y eviten ser sorprendidos con esta medida correctiva que no solo le acarrea sanciones económicas sino administrativas.