sábado, abril 20, 2024
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Ultimátum y sanciones por incumplir medidas ante el COVID-19

 

Hoy martes se hará el ultimátum a establecimientos comerciales y a las personas, que esten incumpliendo las medidas otorgadas por el Gobierno Nacional mediante el decreto 536 del 11 de abril del 2020 y el Gobierno Departamental a traves del decreto 0378 del 03 de abril del presente año, en el marco del aislamiento social obligatorio. Habrá amonestaciones, multas y hasta penas de prisión de cuatro a ocho años.

«Evidenciando el comportamiento de algunas personas, establecimientos y vehículos, hemos decidido junto a la policía, Secretaría de Gobierno y la Unidad de Salud, aplicar la norma y sancionar a quienes no cumplan con las medidas decretadas» dijo Orlando Ochoa Holguín, profesional especializado del Programa de Alimentos de la Unidad de Salud.

Únicamente podrán transitar las personas de lunes a viernes de acuerdo al «PICO Y CÉDULA» establecido para adquirir artículos de primera necesidad, requerir servicios bancarios, pagos de servicios públicos y obligaciones, a partir las 7:00 de la mañana hasta las 2:00 de la tarde (decreto 0378). Los establecimientos comerciales que atenderán al público son aquellos que cumplan en suplir las necesidades básicas: supermercados, verdurerías, droguerías, veterinarias; y los establecimientos que pueden atender por medio de plataforma virtuales (no de manera presencial), son las panaderías y restaurantes.

Ante la inobservancia del cumplimiento de estas medidas e instrucciones, dará lugar a la sanción penal de 4 a 8 años de prisión prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas.

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