domingo, noviembre 24, 2024
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Senadores Nohora Tovar Rey del Centro Democrático socializan Proyecto de Ley contra el abigeato.

Senadora del centro democrático  socializará en La Triada de Yopal, un Proyecto de Ley que modificaría el Código Penal (Ley 599 de 2000) y crearía los tipos penales de abigeato y abigeato agravado, con el que se espera poder implementar sanciones que redunden en la desaparición de este delito.

Dada la preocupante situación del delito de abigeato y carneo que se viene presentando en diferentes departamentos de Colombia, los Senadores del Partido Centro Democrático Nohora Tovar Rey, Jaime Amín Hernández, Fernando Araújo, Ernesto Macías Tovar, Thania Vega de Plazas, y Rigoberto Barón Neira, presentaron ante el Senado de la República, un Proyecto de Ley con el que se busca establecer sanciones penales con las que se reduzca el abigeato.

La propuesta será presentada este viernes 3 de marzo en La Triada de Yopal, y está compuesta por cuatro artículos mediante los cuales se crean tres figuras delictivas, dentro de las sanciones propone:

Abigeato: prisión de 8 a 14 años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para quien se apropie de especies bovinas, equinas o porcinas.

Abigeato agravado: Las penas por abigeato se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea:

Cuando se inserte, altere, suprima o falsifiquen hierros, marcas, señales.

Cuando se ejecute con violencia física o moral sobre las personas.

Cuando participe en el hecho un funcionario público quien, violando los deberes a su cargo o abusando de sus funciones, facilitare directa o indirectamente su comisión.

Aprovechando calamidad, infortunio o peligro común.

Cuando las especies de las que trata el artículo anterior sean transportadas en vehículo automotor.

Cuando se presente sacrificio de las especies de las que trata el artículo anterior.

Circunstancias de atenuación punitiva: La pena será de multa cuando las especies de las que trata el artículo anterior se restituyeren en término no mayor de veinticuatro (24) horas sin daño sobre las mismas y el responsable pague los daños y perjuicios que hubiere ocasionado.

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