La Cámara de Comercio de Arauca, invita a empresas que no han renovado durante los últimos 4 años (2016-2019) a renovar su registro y evitar que su matrícula sea cancelada, si es persona natural y, si es persona jurídica, evitar que quede en estado de disolución.
Lo anterior, teniendo en cuenta que el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014 estableció la facultad de depurar de manera permanente y periódica las bases de datos de los registros públicos que integran el RUES. La depuración deberá efectuarse para aquellos casos en los cuales no se efectuó la renovación en los cinco (5) años anteriores al 31 de marzo de 2020, la cual opera de la siguiente manera:
- Las sociedades mercantiles que no renovaron la matrícula en los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 quedarán disueltas y en estado de liquidación, sin perjuicio de los derechos legalmente constituidos de terceros.
- Las personas naturales, los establecimientos de comercio, las sucursales y las agencias que no renovaron en los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 se les cancelará la matrícula, sin perjuicio de los derechos legalmente constituidos de terceros.
Es importante resaltar que este año la depuración también aplica a las Entidades Sin Ánimo de Lucro, por cuanto la renovación de estas entidades se estableció a partir de la expedición del Decreto 019 de 2012. Por consiguiente, estas se encuentran en los supuestos del artículo 31 de la Ley 1727 ya que han transcurrido los cinco (5) años de su obligación de renovar la inscripción.
Dalia Xiomara Cisneros Parales, líder de formalización, recalcó la importancia que tiene el Registro Mercantil, porque se convierte en la cédula de ciudadanía del empresario, la garantía de orden y control en el sector comercial, de igual manera es el instrumento mediante el cual los empresarios ejercen legalmente cualquier actividad comercial y acreditan públicamente su calidad de comerciantes.