La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por diez años a la docente Elizabeth Montaña Hernández, por agredir verbalmente y hacer señalamientos infundados de manera reiterada a uno de sus alumnos.
Para la Regional de Vaupés la docente se extralimitó en sus funciones al hostigar constantemente al estudiante, de 14 años e integrante de la comunidad indígena Ceima de San Pablo, de la etnia Desano, a quien responsabilizaba permanentemente por las diferentes situaciones anómalas que ocurrían en su salón de clase o en el colegio, ubicado en zona rural de Mitú.
La Procuraduría determinó que en algunas ocasiones la maestra le prohibió al joven el ingreso a clases sin ninguna justificación y toleró que sus compañeros de sexto grado le hicieran matoneo, sin intervenir en su defensa o llevar el caso por los procedimientos e instancias establecidas para solucionar esas situaciones.
Para la Procuraduría Montaña Hernández afectó la dignidad y la integridad del estudiante, así como incumplió sus deberes y funciones al no velar por el bienestar, seguridad e integridad del menor, ni por el cumplimento de las normas de comportamiento y convivencia de la institución.
El órgano de control estableció que el 6 de octubre de 2017 la docente lo recriminó en presencia de sus compañeros con términos como “ladrón” y “que no servía para nada” y lo responsabilizó, sin tener pruebas, por la pérdida de una gasolina que estaba almacenada en las instalaciones del centro educativo. Ese mismo día, horas después de finalizada la jornada escolar, el joven se ahorcó. Su cuerpo fue hallado cerca de la sede del colegio.
Por las constantes agresiones y señalamientos contra el menor, el Ministerio Público calificó la falta cometida por la maestra como gravísima a título de dolo. El fallo fue apelado por la defensa de la disciplinada, recurso que será resuelto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.