viernes, abril 19, 2024
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Empresa de Energía de Arauca aclara que no es responsabilidad de la entidad la prestación del servicio de alumbrado público. Corresponde a las administraciones locales

Un llamado a los usuarios de la Empresa de Energía de Arauca y a la comunidad en general hizo ENELAR ESP, para que realicen en la entidad que corresponde, sus peticiones, quejas y Recursos PQR, sobre la prestación del servicio de alumbrado público ya que esta no es responsabilidad de la entidad eléctrica, sino de las administraciones locales.

El anuncio lo hizo debido a las permanentes quejas que manifiesta la comunidad de Arauquita sobre la falta de alumbrado público en su localidad.

“Es importante tener en cuenta la normatividad que establece que su prestación es responsabilidad de los municipios o distritos dentro del perímetro urbano y el área rural comprendidos en su jurisdicción. En consecuencia, son los municipios y distritos quienes deben realizar las actividades necesarias para prestareste servicio, o en su defecto, contratar su ejecución con tercerosidóneos (Ley 80 de 1993).

El alumbrado público no es un servicio domiciliario puesto que no se presta en el domicilio de cada uno de nuestros usuarios, por lo tanto, la ley establece que las alcaldías deben asumir el mantenimiento, buen funcionamiento y reemplazo de luminarias en mal estado” sostuvo el Ingeniero Cristóbal López, profesional de apoyo de la  Zona Norte, en el municipio de Arauquita.

Agregó que la recomendación respetuosa a la comunidad es que se dirijan a radicar sus solicitudes a la Secretaría de Infraestructura de la Administración Municipal y recordó que el alumbrado público también incluye los sistemas de semaforización y relojes electrónicos instalados por el municipio.

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