El alto tribunal negó, por ahora, la suspensión provisional de Lina María Garrido Martín, pero dejó abierto el debate sobre si cumple los requisitos de experiencia para permanecer al frente de la Agencia Nacional de Tierras.
El nombramiento de Lina María Garrido Martín como directora general de la Agencia Nacional de Tierras quedó bajo la lupa del Consejo de Estado. La Sección Quinta admitió la demanda de nulidad electoral presentada contra su designación, aunque decidió no suspenderla provisionalmente del cargo.
La decisión, adoptada el 10 de septiembre de 2026, significa que Garrido Martín continuará al frente de la ANT mientras avanza el proceso judicial, en el que se definirá si su designación cumplió con todos los requisitos legales.
La demanda fue presentada por la congresista Laura Daniela Beltrán Palomares, quien pide que se declare la nulidad del Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026, mediante el cual fue nombrada la funcionaria.
Según la demanda, parte importante de su trayectoria estaría vinculada con actividades políticas y legislativas, entre ellas su trabajo como asesora de una Unidad de Trabajo Legislativo y su paso por cargos de elección popular.
La parte demandante considera que esas funciones no tendrían una relación suficiente con las responsabilidades que exige dirigir la Agencia Nacional de Tierras, una entidad con funciones relacionadas con la formalización y administración de predios, la recuperación de baldíos, la clarificación de la propiedad y otros procesos de la política de tierras del país.
Pero el Consejo de Estado fue prudente en esta primera etapa: no concluyó que Garrido Martín incumpla los requisitos.
La Sección Quinta determinó que todavía no existen elementos probatorios suficientes para resolver de fondo esa discusión. Por ello, el debate sobre su experiencia profesional deberá continuar durante el proceso y será necesario valorar las pruebas que se incorporen al expediente.
La demanda planteó además reparos frente al tiempo durante el cual estuvo publicada la hoja de vida de la funcionaria antes de su nombramiento.
La parte demandante sostuvo que no habría permanecido publicada durante los tres días exigidos por las normas en las páginas web correspondientes.
Sin embargo, el Consejo de Estado encontró un elemento clave: el Gobierno Nacional había expedido previamente el Decreto 1012 del 5 de agosto de 2026, mediante el cual suspendió temporalmente, por 15 días, el cumplimiento de ese requisito para determinados cargos de libre nombramiento y remoción del nivel directivo nacional.
Por esta razón, el tribunal concluyó que para la fecha del nombramiento estaba vigente una excepción a esa obligación.
La decisión del Consejo de Estado no significa que el nombramiento haya sido declarado ilegal, ni tampoco que la directora de la ANT haya sido suspendida.
Lo que sí cambia es el escenario jurídico: su nombramiento deberá superar un proceso de nulidad electoral en el que se analizará, entre otros aspectos, si la experiencia profesional acreditada era suficiente para asumir la dirección de la Agencia Nacional de Tierras.
El proceso tiene la radicación 11001-03-28-000-2026-00397-00 y el magistrado ponente es Pedro Pablo Vanegas Gil.
La decisión definitiva todavía está pendiente. El Consejo de Estado deberá avanzar en el estudio del expediente, practicar y valorar las pruebas antes de establecer si el nombramiento se ajustó o no al ordenamiento jurídico.

