miércoles, noviembre 5, 2025
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Juzgado ordena eliminar publicaciones difamatorias contra gestora social de Arauca: Cristian Paredes Forero deberá rectificar

El Juzgado Primero Civil Municipal de Arauca, a cargo del juez Luis Arnulfo Sarmiento Pérez, falló en contra de Cristian Camilo Paredes Forero, quien difundió contenidos que vulneraron los derechos fundamentales de Estephany Dayana Ortiz Tafur, gestora social y esposa del alcalde de Arauca, Juan Qüenza.

La decisión marca un precedente frente a la violencia digital y la difamación en plataformas como Facebook. Según el despacho, las publicaciones del accionado no solo carecen de sustento probatorio, sino que constituyeron una conducta de acoso sistemático y persistente.

“Las redes sociales no pueden garantizar un lugar para la difamación, el denuesto, la grosería, la falta de decoro y la descalificación”, recordó el juez al citar jurisprudencia de la Corte Constitucional.

El fallo ordena que en tres días, luego de la notificación, elimine las publicaciones que afectaron el buen nombre y honra de la gestora. Además, en máximo cinco días, tendrá que rectificar porque sus comentarios resultaron falsos y al no ser probados, en sus redes sociales, debe retractarse de las aseveraciones que ha realizado. También tendrá que abstenerse de afectar nuevamente los derechos de Ortiz Tafur.

El fallo describe el comportamiento de Paredes Forero como una “conducta reiterada, planificada y persistente de acoso digital”, dirigida a ridiculizar, sexualizar y exponer al escarnio público a la gestora social.
Entre las pruebas analizadas se incluyen publicaciones con insinuaciones sobre supuestos lujos, cirugías y viajes, acompañadas de montajes, burlas y comentarios de tono misógino.

El juez fue enfático en que dichas acciones constituyen violencia simbólica y psicológica de género, pues se usó la apariencia y la vida privada de una mujer como herramienta de desprestigio público.

El despacho también lo exhortó a respetar los principios de veracidad, imparcialidad y respeto, recordándole que toda opinión pública debe sustentarse en hechos verificables.

Límite a los excesos en redes sociales

La sentencia envía una señal clara: la libertad de expresión no puede utilizarse como escudo para difamar o incitar al odio. Con esta decisión, la justicia araucana fija límites frente a los discursos que, bajo el pretexto de la crítica o la denuncia, se convierten en ataques personales o expresiones de violencia digital.

Un precedente judicial

Cristian Paredes Forero, quien durante meses se presentó como veedor social y crítico político, fue señalado por el juzgado como responsable de vulnerar derechos fundamentales, no como periodista.

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