La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra Hernán Darío Camacho Sarmiento, exalcalde de Tame y actual diputado de Arauca, por presunta extralimitación de funciones durante su mandato como alcalde entre 2016 y 2019.
Según el ente de control, Camacho habría incurrido en irregularidades al exonerar del pago del impuesto predial unificado a varias personas, presuntamente víctimas del conflicto armado, sin la debida autorización del concejo municipal, órgano que debía aprobar cualquier medida de alivio tributario en el municipio.
De acuerdo con el comunicado emitido el 10 de noviembre, la Procuraduría sostiene que Camacho Sarmiento emitió resoluciones en 2019 para conceder exenciones del impuesto predial sin respetar las competencias establecidas para el cabildo local.
“El exalcalde reconoció, mediante resoluciones, exoneraciones del tributo en el año 2019, violando competencias del cabildo local,” detalla el informe. La norma establece que cualquier medida de exención o condonación tributaria debe ser avalada mediante un acuerdo municipal, en el cual se diseñen lineamientos generales para la adopción de dichas medidas.
La Procuraduría argumenta que, al actuar sin la aprobación del concejo, Camacho Sarmiento infringió las normas constitucionales, legales y administrativas, vulnerando los principios de la función pública y el marco legal que regula el ejercicio de la autoridad municipal.
En ese sentido, el organismo enfatiza que el exalcalde “tenía la obligación de crear un procedimiento dirigido a expedir un acuerdo municipal” para estructurar medidas de alivio tributario dirigidas a víctimas del despojo y desplazamiento forzado.
La actuación del exalcalde ha sido calificada por la Procuraduría como una “falta grave con culpa gravísima”, debido a la jerarquía y responsabilidad que ostentaba como primera autoridad del municipio.
Esta calificación sugiere que, de ser hallado responsable, Camacho Sarmiento podría enfrentar sanciones disciplinarias severas, que podrían incluir la destitución de su cargo actual como diputado y una inhabilidad para ejercer funciones públicas por un periodo que aún no se ha especificado, pero que podría ser considerable dada la naturaleza de la infracción.