La Procuraduría General de la Nación emitió un concepto en el que se refiere a la demanda que evalúa el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en la que se apela que la designación del presidente Gustavo Petro a Verónica Alcocer como embajadora en misión especial infringe la ley, específicamente el artículo 126 de la Constitución en el que se impide a los servidores públicos “nombrar, postular y contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente”.
El demandante pidió declarar nulo el decreto mediante el cual el mandatario colombiano nombró a su esposa, lo que le permitió atender asuntos protocolarios en Roma y además cobrar viáticos. El Ministerio Público solicitó al tribunal acceder a las pretensiones de nulidad de la demanda y argumentó que la primera dama no es funcionaria pública, por ende, no puede acceder a comisiones.
El escándalo de la primera dama por millonarios gastos
Esta decisión se conoce luego de que Alcocer se viera envuelta en un escándalo generado por las revelaciones sobre la costosa comitiva que la acompaña a todo lado, y que le costaría al Gobierno más de $1.000 millones. Se trata de un equipo de maquillaje, fotografía, agenda y comunicaciones, conformado por funcionarios que ganan millonarios sueldos al mes.
Desde la Casa de Nariño no negaron que el gasto existiera, pero aseguraron que se trata de una “función social” que lidera la esposa del presidente, y para la cual tiene derecho “a desempeñar tareas protocolarias y liderar iniciativas de asistencia social”.
La explicación del Gobierno es que los servicios que desempeña el fotógrafo, maquillador y quienes manejan la agenda y asesoran las comunicaciones son para toda la familia del presidente Petro, no solamente para Verónica Alcocer.
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