La Corte Constitucional ha dejado en firme la pena de prisión para los delitos de injuria y calumnia, después de estudiar una demanda que argumentaba que esta ley limitaba la libre expresión y promovía la autocensura. La demanda sostenía que este apartado del Código Penal no respetaba la constitución al vulnerar el derecho a la libre expresión y ser un mecanismo de persecución a periodistas.
La Sala Plena de la Corte Constitucional afirmó que la ley no fue establecida con el propósito de perseguir a los medios de comunicación ni promover la autocensura. Se destacó que esta ley no impone censura o limitación indebida al derecho a la libertad de expresión.
La corte argumentó que no sería lógico afirmar que en casos donde se afecte el buen nombre y la honra, se deba instaurar una tutela o multa económica, ya que esto desnaturalizaría el propósito preventivo de la norma. Se mencionó que la ley ofrece otras opciones, como la retractación pública, y que la pena de prisión es el último recurso.
Con esta decisión, queda en firme la pena de entre un año con tres meses y hasta cuatro años y medio de prisión por los delitos de injuria y calumnia.