A partir de este 09 de agosto comienzan a vencer los plazos para pagar la declaración de renta por parte de personas naturales. Quien haga el trámite después de la fecha será sancionado.
El contador Raúl Hernán García, explicó que cada colombiano que haya obtenido ingresos en todo el año 2017 por un total máximo de 44 millones 603 mil pesos le corresponde sólo declarar renta, sin embargo, si supera ese monto debe declarar y pagar.
Explicó que cada persona que haya recibido consignación por 50 millones de pesos, así no le pertenezca, por ejemplo que haya prestado su cuenta para recibir el dinero, igualmente debe cumplir con la renta, debido a que automáticamente se genera ese registro monetario al titular de la cuenta bancaria.
En cuanto a las cédulas precisó que los vencimientos de plazo para el proceso serán por escala. Este jueves los primeros números en fenecerle los períodos de pago son los terminados en 99 y 00.
García detalló que hay cinco tipos de cédulas. Una de ellas se denomina Renta de trabajo, la cual establece todos los ingresos por salarios, comisiones y todo lo originado del área laboral. En lo relacionado a la Cédula de Rentas de Pensión, se debe determinar a quiénes se les aplica la norma. No todos pagan.
Con respecto a la Renta de capital, incluye intereses por arrendamiento, regalías por explotación de propiedad intelectual y otras similares.
La No laboral, agrupa todas las rentas no establecidas para las anteriores cédulas, como para los ciudadanos que reciben honorarios profesionales, comercialización de ganaderos, etc.
La quinta cédula, de Dividendos y participaciones, incluye a los socios, accionistas, comuneros, asociados, suscriptores y similares, que sean personas naturales.
Pese a los detalles ofrecidos en los medios de comunicación, García recomendó a los ciudadanos que se asesoren antes de realizar el pago, en vista de la complejidad de los cálculos y definiciones de dónde vienen los ingresos.