Debido al flujo vehicular con matrículas venezolanas en el territorio colombiano fronterizo, la presidencia de la república emitió el decreto 2229 del 27 de diciembre de 2017, en el cual se reglamenta la obligaciones y requisitos para autorizar la internación.
A seis meses contando desde la fecha de expedición de este decreto fue el plazo dado por la presidencia de la república para adelantar los trámites de rigor para motocicletas, vehículos y embarcaciones fluviales y así legalizar la circulación de estos vehículos en territorio colombiano.
El permiso solo se le otorgara por cinco años con renovación anual, extendiéndose a una prórroga por dos años más para un total de siete años, cumplido estos requerimientos los vehículos deben ser retornados a su país de origen.